Revisión de elegibilidad: Apadrinamiento pareja e hijo
Si usted es un ciudadano canadiense que reside dentro o fuera de Canadá, o si es un residente permanente canadiense que vive en Canadá, puede ser elegible para patrocinar a un cónyuge extranjero, una pareja de hecho o conyugal y sus hijos, y los hijos de su pareja. .
Información Add-on
- Este servicio está disponible sin comprar un plan.
- Este servicio es solo para una familia (solicitante principal, cónyuge e hijos dependientes).
El servicio incluye:
- Evaluación de perfil para la elegibilidad de patrocinio familiar.
- Consulta inicial de 30 minutos con el RCIC.